En virtud del cual una persona natural o jurídica que tiene la calidad de acreedor, efectúa el cobro de una suma de dinero en moneda nacional o extranjera a su deudor, originado por un préstamo de dinero, compraventa de bienes, prestación de servicios, cobro de alquileres impagos, cobro de facturas, etc.
Requsitos para la conciliación en la conciliación para cobrar préstamos de dinero:
Copia del DNI del solicitante
Copia de Contrato de Mutuo o algún documento que obre el préstamo del dinero entre las partes; ya que es objeto de la materia conciliable
Copia de Carta Notarial; en la cual se requiere el cumplimiento del pago de la deuda
Otros documentos que guarden un vínculo con el meollo del asunto o caso en concreto.
Incluye en el servicio de conciliación
Calificación de solicitud.
Designación de Conciliador.
Invitaciones a conciliar.
Audiencias ilimitadas.
Expedición de acta de conciliación.
Gastos administrativos.
Honorarios del conciliador.
Honorarios del abogado verificador de legalidad de acuerdos.
Copia certificada de acta de conciliación.
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