Cuando una persona natural o jurídica desee cumplir con el pago de la deuda a su acreedor, podrán arribar acuerdos sobre la forma de pago. Es el acto jurídico por el que el deudor manifiesta al acreedor que va a cumplir la obligación y le requiere para que coopere en la medida indispensable para que la prestación pueda realizarse en favor del acreedor.
Requsitos para la conciliación en el ofrecimiento de pago:
Copia de DNI del solicitante.
Copia de documento de préstamo de dinero.
Copia de carta notarial requiriendo pago de deuda.
Incluye en el servicio de conciliación
Calificación de solicitud.
Designación de Conciliador.
Invitaciones a conciliar.
Audiencias ilimitadas.
Expedición de acta de conciliación.
Gastos administrativos.
Honorarios del conciliador.
Honorarios del abogado verificador de legalidad de acuerdos.
Copia certificada de acta de conciliación.
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